Novedades en el marco financiero plurianual para 2021- 2027
- Finanzas
Reglamento 2020/2093, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2021- 2027
A continuación, se destacan las novedades normativas del Reglamento 2020/2093, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2021- 2027, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Límites máximos anuales de gastos
Este Reglamento aprueba un MFP a largo plazo y focalizado en la transición ecológica y la transformación digital para todos los Estados miembros. Además, en este marco se recogen los límites máximos anuales de gastos que, a su vez, deberán ser respetados por el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo y la Comisión Europea.
El Reglamento aprueba un marco financiero plurianual focalizado en la transición ecológica y la transformación digital
Así pues, para el periodo 2021- 2027 las cantidades son las siguientes: mercado único, innovación y economía digital, 132.781 millones de euros; cohesión, resiliencia y valores, 377.768 millones de euros; recursos naturales y medioambiente, 356.374 millones de euros; migración y gestión de las fronteras, 22.671 millones de euros; seguridad y defensa, 13.185 millones de euros; vecindad y resto del mundo, 98.419 millones de euros; y administración pública europea, 73.102 millones de euros. De todas formas, se prevé que la Comisión Europea revise y realice ajustes cada año sobre la anualidad.
Asignaciones adicionales
También, el MFP considera la disposición de asignaciones adicionales para programas específicos para el periodo 2022- 2027, y que se distribuyen en los siguientes:
- Horizonte Europa
- Fondo InvestEU
- EU4Health
- Erasmus+
- Europa Creativa
- Derechos y Valores
- Fondo para la Gestión Integrada de las Fronteras
El Reglamento en cuestión también establece la posibilidad de realizar ajustes al MFP para los casos de medidas vinculadas a la buena gobernanza económica y al régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la UE, así como nuevas normas o programas de gestión compartida.
Asimismo, el MFP dispone de, por un lado, la creación de nuevos instrumentos especiales temáticos como, por ejemplo, El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, la Reserva de Solidaridad y para Ayudas de Emergencia y la reserva de ajuste al Brexit; y, por otro lado, no temáticos, como el Instrumento de Margen Único o el Instrumento de Flexibilidad.
Para finalizar, cabe destacar que en el Reglamento también se detalla que la Comisión Europea deberá presentar una propuesta para el siguiente MFP antes del 1 de julio de 2025.