De los 750 mM de Euros en que consiste el Fondo de Recuperación Europeo, 360 mM consisten en préstamos y 390 mM en transferencias a los países miembros. En este sentido, España recibirá una mayor proporción de préstamos que de transferencias.
El Plan de Recuperación de España asigna 72 mM de euros a la recuperación, de los cuales, 59,1 mM forman parte del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y los 12,4 mM restantes son parte del React.
Con el objetivo de asegurarse de que se inicia la senda de la recuperación, el Gobierno ha asignado para el presupuesto 2021 un total de 27 mM de euros del MRR y 8 mM del React a comunidades autónomas.
La asignación a proyectos se realizará de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto-ley 36/2020 del 31 de diciembre de 2020, que tiene como objetivos la reducción de trámites y la aceleración de la ejecución de las ayudas europeas.
Uno de los puntos a destacar es la regulación de los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTEs), como una nueva figura de colaboración público-privada para la ejecución de proyectos. El PERTE puede consistir en un proyecto único y definido o en un proyecto integrado, compuesto por un grupo de proyectos insertados en una estructura. Y, son proyectos considerados estratégicos que tendrán una tramitación preferente de urgencia.
Además, el RD-ley 36/2020 también señala los criterios a considerar para la declaración de un PERTE. Con todo, un proyecto deberá: representar una importante contribución al crecimiento económico, al empleo, a la competitividad industrial y a la economía española; permitir combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos; ser innovador o contar con un valor añadido en términos de I+D+i; favorecer la integración y el crecimiento de pymes, así como el impulso de entornos colaborativos; contribuir a uno o más objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y ser importante cuantitativa o cualitativamente.
La tramitación de las solicitudes se deberá realizar a través de las sedes electrónicas de los departamentos ministeriales y los organismos competentes, quienes, además, podrán difundir información con el propósito de incrementar la transparencia y generar una mayor concurrencia de interesados.